La gobernadora Jenniffer González Colón firmó una orden ejecutiva mediante la cual se declara un estado de emergencia en los municipios afectados por las lluvias de los últimos días.
La Orden Ejecutiva 2025-22 designa al oficial de enlace estatal, permite la asignación de fondos de emergencia, ordena a las agencias realizar esfuerzos bajo los programas de asistencia y agiliza las compras.
Los municipios incluidos en esta orden ejecutiva son Aguas Buenas, Corozal, Naranjito y Orocovis, ya que fueron ellos quienes solicitaron ayuda al estado ante las condiciones climáticas severas que los afectan desde el 19 de abril de 2025 y que requieren atención y acción inmediata.
Según se indicó en el comunicado de Fortaleza, el secretario del Departamento de Seguridad Pública (DSP), Arthur Garffer, tendrá la facultad de incluir otros municipios que, a su juicio, deban ser incorporados a esta declaración de emergencia debido a situaciones similares de riesgo o daño. Esta determinación deberá realizarse en coordinación con la Oficina de la Secretaría de la Gobernación, para asegurar una respuesta ágil, uniforme y efectiva ante las circunstancias que enfrentan los distintos municipios.
A su vez, se designó a Garffer como Oficial de Enlace Estatal (State Coordinating Officer) y al comisionado del Negociado para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres, doctor Ángel Jiménez Colón, como Oficial de Enlace Estatal Alterno.
La orden permite que tanto la Administración de Servicios Generales (ASG), como las agencias y los municipios, activen los procedimientos especiales de compras de emergencia para adquirir ágilmente los materiales, equipos y servicios necesarios para responder a la emergencia. Todas las compras y contrataciones realizadas al amparo de esta disposición deberán cumplir con los principios de transparencia y rendición de cuentas establecidos por ley, además de cualquier requisito federal aplicable.
Se ordena al DSP preparar y presentar un estimado detallado de los fondos necesarios para llevar a cabo las labores de desalojo, rescate, respuesta y recuperación en las regiones afectadas. Este estimado deberá ser sometido a la gobernadora, al director de la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP), al secretario del Departamento de Hacienda y al director ejecutivo de la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico (AAFAF).
A estas agencias se les autoriza, además, establecer un presupuesto especial para sufragar los gastos asociados a las labores de emergencia, utilizando fondos disponibles, incluyendo la Reserva de Emergencia. Esto incluirá cualquier gestión necesaria ante la Junta de Supervisión y Administración Fiscal de Puerto Rico, según las disposiciones de la Ley PROMESA y el Plan Fiscal certificado.
El DSP, así como las demás agencias que participen en la ejecución de esta orden, deberán rendir un informe detallado al secretario del Departamento de Hacienda, al director de la OGP y al director ejecutivo de la AAFAF, consignando todos los gastos incurridos. Este informe deberá presentarse dentro de un término no mayor a treinta días desde la culminación de las labores de emergencia e incluirá evidencia y documentación de respaldo.
Las agencias del ejecutivo están obligadas a promover y realizar esfuerzos para que las comunidades afectadas conozcan y puedan acogerse a los programas de asistencia disponibles.
El Artículo 5.10 de la Ley Núm. 20-2017, según enmendada, confiere a la gobernadora de Puerto Rico la autoridad para decretar un estado de emergencia en la isla y “darle vigencia a aquellos reglamentos, órdenes, planes o medidas estatales para situaciones de emergencia o desastre o variar los mismos a su juicio”, así como “dictar, enmendar y revocar aquellos reglamentos y emitir, enmendar y rescindir aquellas órdenes que estime convenientes para regir durante el estado de emergencia o desastre”.