Wednesday, July 23, 2025
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NEPR prohíbe a LUMA Energy incluir nuevos cargos por interconexión y ordena reducción en factura

El Negociado de Energía de Puerto Rico (NEPR) emitió este miércoles una resolución en la que prohíbe a la empresa encargada del sistema de transmisión y distribución de energía eléctrica en el archipiélago, LUMA Energy, incluir nuevos cargos por costos de interconexión.

“Se ordena a LUMA excluir de sus futuras propuestas de factores trimestrales, comenzando con la propuesta de factores a entrar en vigor el 1 de octubre de 2025, cualquier cantidad relacionada a costos de interconexión de estos proyectos, hasta nueva instrucción”, lee parte del documento.

La entidad también ordenó una reducción en los montos a ser facturados al consumidor para los meses de agosto y septiembre de 2025.

“El Negociado de Energía deja sin efecto el monto aprobado para costos de interconexión para los meses de agosto y septiembre de 2025, para un total de $16,477,598.66”, agregó.

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Además, el NEPR determinó que es necesario ajustar el factor de la Cláusula de Compra de Energía y Ajustes por Compras en el Mercado (PPCA, por sus siglas en inglés) para reflejar este cambio.

“(Se) determina que es razonable modificar el factor PPCA para los meses de agosto y septiembre de 2025 a tales fines. De esta forma, se puede transferir inmediatamente a los clientes de LUMA el monto por tal concepto”, señaló el Negociado.

El ente regulador también exigió a LUMA Energy a presentar, dentro de cinco días, una propuesta de factor PPCA revisado conforme a la determinación adoptada. Esta medida busca asegurar que se recuperen únicamente los fondos necesarios para proyectos que se encuentran actualmente en desarrollo.

“Esta determinación se emite con el propósito de garantizar la disponibilidad de fondos exclusivamente para los proyectos que están en curso. Cuando los restantes proyectos estén en marcha, se autorizará recuperar sus costos de interconexión del consumidor”, incluye el informe.

Asimismo, el NEPR ordenó a la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) que, dentro de un plazo de cinco días, autorice a LUMA la transferencia del monto aprobado —$59,571,595.31— correspondiente hasta el 31 de julio de 2025.

Los fondos transferidos deberán ser administrados por LUMA en una cuenta de reserva restringida.

Se ordena a LUMA a crear una cuenta de reserva restringida con los fondos transferidos por la Autoridad, con el único propósito de sufragar los costos asociados a los costos de interconexión del Tranche 1”, puntualizó el organismo.

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