El Senado de Puerto Rico aprobó este lunes un paquete de medidas que buscan reforzar las garantías procesales, modernizar procedimientos judiciales y ampliar la protección de las víctimas de delitos graves, incluyendo trata humana y violencia doméstica.
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Entre las medidas aprobadas está el Proyecto del Senado 35, para enmendar las Reglas 112, 146, y 151, de Procedimiento Criminal de 1963, según enmendadas, a los fines de establecer que el jurado emitirá un veredicto cuando haya unanimidad entre sus integrantes.
“Nuestro Tribunal Supremo también estableció que sólo será válida la instrucción que explique al jurado que tanto el veredicto de culpabilidad como el de no culpabilidad debe ser unánime. El Tribunal expuso que los veredictos de no culpabilidad deben mantener la misma proporción decisoria que los veredictos de culpabilidad para no vulnerar la Sección 11 del Artículo II de la Constitución de Puerto Rico. Habiéndose modificado nuestro ordenamiento jurídico en el ámbito del derecho criminal, esta Asamblea Legislativa estima imperioso actualizar nuestra legislación para garantizar la consistencia en los procesos judiciales y proteger los derechos de todos los acusados”.
La Comisión de lo Jurídico, que trabajó la medida avaló la misma indicando que “de manera particular, este proyecto pretende eliminar de nuestro ordenamiento procesal criminal la posibilidad de rendir un veredicto por mayoría y, a su vez, insertar el requisito de unanimidad en la votación del jurado, según ha sido reconocido por el Tribunal Supremo de los Estados unidos y ratificado por el Tribunal Supremo de Puerto Rico”.
Igualmente, fue avalado el Proyecto del Senado 45, para añadir un inciso al “Código Penal de Puerto Rico”. Esto a los fines de reconocer como una de las causas de exclusión de responsabilidad penal a las víctimas de Trata Humana por haber participado en actividades ilícitas en la medida en que esa participación ha sido causada por su situación de víctima.
En favor de la medida se expresó el senador de mayoría, Ángel Toledo López. “Este proyecto lo que propone es garantizar que, al igual que a una persona que ha sido víctima de intimidación o violencia conforme establece el Código Penal de Puerto Rico hoy, una persona que es víctima de temor insuperable, de error inexcusable, de obediencia jerárquica, de caso fortuito, al igual que a esos los excusados de responsabilidad penal, una persona por trata humana tampoco tenga que cumplir”, afirmó.
También, la senadora del Partido Popular Democrático, Ada Álvarez Conde, habló en apoyo del proyecto. “Si bien es cierto que todavía falta mucho por hacer con la realidad de trata humana en Puerto Rico y en el mundo, que bueno que no vamos a criminalizar a las personas que ejercen algo en contra de su propia voluntad… Esto es un paso para no criminalizar a quienes al final del día son víctimas”.
A la vez, se aprobó el Proyecto del Senado 47, para enmendar incisos de las Reglas de Procedimiento Criminal a los fines de establecer ciertos parámetros para prevenir la sugestividad e incrementar la confiabilidad en el proceso de identificación de un sospechoso por un testigo.
Cita la exposición de motivos que “un sistema de justicia penal, justo y equitativo, debe tener las políticas más sólidas para garantizar que identifiquemos correctamente a las personas que cometen delitos. Las identificaciones inexactas por testigos oculares pueden comprometer las investigaciones desde las primeras etapas. Se pierde tiempo critico mientras la policía se distrae del perpetrador real, enfocándose en la construcción del caso contra una persona inocente”.
Además, añade que el estado de derecho aplicable a esta etapa crucial del proceso penal es tan inconsistente y flexible que ha restado rigor y formalidad al procedimiento, convirtiéndolo en un mecanismo deficiente que, en cierto modo, socava las garantías constitucionales del sospechoso. “Esto puede dar lugar a convicciones erróneas debido a identificaciones incorrectas, con consecuencias lamentables”.
De igual manera, recibió aprobación el Proyecto del Senado 84, para enmendar la “Ley para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica” a los fines de atemperar sus disposiciones y delitos al sistema de penas establecido en el Código Penal de Puerto Rico.
La pieza legislativa establece que “esta omisión crea un vacío legal que dificulta la aplicación uniforme de las penas, lo que podría generar resultados inconsistentes en algunos casos. Por otro lado, la omisión de armonizar las penas previstas en esta ley y las establecidas en el Código Penal impide cumplir adecuadamente con el objetivo de rehabilitación y reintegración social que dicho Código promueve a través de un sistema de sentencias fijas. En vista de ello, esta Asamblea Legislativa considera necesario armonizar nuestra legislación para que las sanciones penales se apliquen de manera coherente con las disposiciones del Código Penal vigente”.
En la misma línea, se le dio paso al Proyecto del Senado 86, para enmendar la “Ley para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica”, a los fines de optimizar y modernizar los procedimientos de notificación y diligenciamiento de órdenes de protección mediante la integración de medios electrónicos para la certificación de diligenciamiento y la obtención de información de contacto de las partes; así como para clarificar la naturaleza de las extensiones de órdenes de protección.
Toledo se expresó a favor de la medida y aclaró que “el proyecto no está proponiendo que una persona sea notificada de un caso en su contra, de una vista de Regla 6 en su contra mediante ningún mecanismo que no sea el que nosotros conocemos y el que cumple con los estándares constitucionales”.
De otro lado, recibió aval el Proyecto del Senado 507 del vicepresidente senatorial, Carmelo Ríos Santiago, para enmendar el “Código Civil de Puerto Rico de 2020”, a los fines de restituir el derecho de los abuelos y los tíos a relacionarse con los menores.
La exposición de motivos mantiene que “de esta manera, atemperamos nuestro Código Civil con la jurisprudencia vigente y reconocemos el papel esencial que ejercen los abuelos y los tios en el desarrollo saludable de los menores. Al así hacerlo, Puerto Rico dará un paso importante hacia la protección y fortalecimiento de la familia como columna vertebral de nuestra sociedad. Esto se alinea perfectamente con nuestra política pública de preservar la unidad familiar, lo que a su vez contribuirá al bienestar emocional y social de las futuras generaciones”.
Igualmente, se le dio paso al Proyecto del Senado 332 de la senadora de mayoría Jamie Barlucea Rodríguez, para enmendar el Artículo 127-A de la Ley 146-2012, según enmendada, conocida como “Código Penal de Puerto Rico”, a los fines de aumentar la pena impuesta por cometer el delito de maltrato a personas de edad avanzada.
Toledo dijo en apoyo al proyecto que “este tipo de delitos ha aumentado de tal manera que con el fin de disuadir aquel que no lo ha cometido y castigar aquel que sí más severamente, se aumente la pena de 10 a 12 años… Aquí lo que estamos diciendo es que este tipo de delitos contra personas de edad avanzada, que ya no es solamente el abandono, estamos hablando de explotación financiera, estamos hablando de maltrato, estamos hablando de una serie de cosas que han ido agravando la situación para nuestras personas de edad avanzada, pues lo que estamos diciendo es que tenemos que protegerlos más”.
Igualmente, fue aprobado el Proyecto del Senado 609 del senador de mayoría, Héctor “Gaby” González López, para añadir un inciso a la “Ley para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica”, a los fines de disponer que ninguna persona que sea encontrada culpable por el delito de agresión sexual, según tipificado en el Artículo 3.5 de dicha ley, pueda beneficiarse del programa de desvío.
“Lo que hace este proyecto es incluir en el artículo 3.6 como que no se va a permitir el desvío en el delito de agresión sexual. Así que, señor presidente, con la aprobación de este proyecto, vamos a hacer justicia a las víctimas de delitos de agresión sexual”, expresó González en un turno sobre la medida.
También, fue aprobado el Proyecto del Senado 299 de la senadora de Proyecto Dignidad, Joanne Rodríguez Veve, para enmendar la “Ley de Menores de Puerto Rico”; y las “Reglas de Procedimiento para Asuntos de Menores”. A los fines de garantizar que todo menor esté adecuadamente representado por un abogado cuando enfrente investigaciones y procedimientos al amparo de dicha Ley.
En un turno, Rodríguez dijo que la medida “busca fortalecer el sistema de justicia juvenil para proveer mayores protecciones tanto a los niños como a los jóvenes que se enfrentan ante procesos judiciales… Aseguramos que estos menores de edad que se enfrenten a procesos judiciales puedan tomar decisiones de forma informada considerando las serias repercusiones, no solamente legales sino también sociales, que éstas tendrían para su vida”.
A la vez, recibió aval el Proyecto del Senado 394 de la autoría bipartita del portavoz del PPD, Luis Javier Hernández Ortiz y la senadora de mayoría, Roxanna Soto Aguilú. Para enmendar la “Ley del Registro de la Propiedad Inmobiliaria del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, a los fines de autorizar a los notarios a tramitar la cancelación de pagaré extraviado en sede notarial únicamente cuando se trate de instrumentos pagaderos a la orden. Además, fueron aprobadas las Resoluciones del Senado 264 y 266.