Tres senadores volvieron a radicar una medida legislativa para reconocer a las profesionales de enfermería de práctica avanzada, o “nurse practitioners”, como prescribientes de recetas de medicamentos autorizados, luego de que quedara colgado un proyecto similar el cuatrienio pasado.
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Similar al Proyecto del Senado (P. del S.) 1390, el P. del S. 757, de la autoría de Thomas Rivera Schatz, José Luis Dalmau y Joanne Rodríguez Veve, propone enmendar la Ley de Farmacia de Puerto Rico, la Ley 247 del 2004, que no reconoce a estas profesionales como figuras autorizadas para recetar medicamentos.
Esto ocasiona que las farmacias rechacen las órdenes que emiten; solo las aceptan si están contrafirmadas por un médico u otro profesional autorizado, como dentistas, odontólogos o podiatras. Según la Ley 254 del 2015, que regula la práctica de la enfermería, las “nurse practitioners”, certificadas por la Junta de Certificación de la Academia Estadounidense de Enfermeras Profesionales, pueden recetar medicamentos mediante un “acuerdo colaborativo con un médico”, siempre y cuando no sean categorías 1 y 2, de acuerdo con la Ley de Sustancias Controladas.
Aunque la clase médica ha vocalizado su oposición a esta autorización, el enfermero Juan Carlos del Valle, quien está en ruta de ser un “nurse practitioner”, planteó que la profesión no busca opacar al médico, sino fortalecer la atención primaria y preventiva para evitar que un paciente acuda a una sala de emergencias para adquirir un refill (recarga) de medicamentos, que ocurre actualmente.
“Cuando llaman al médico, le dan una cita en meses y lo que necesita quizás es una evaluación y darle continuidad a medicamentos, y eso lo puede hacer un ‘nurse practitioner’ […] No vienen dirigidos a quitar negocio, sino a dar un apoyo de manera holística. [Los] médicos no deben vernos como competencia o que vamos a quitar sus labores o funciones. Estamos buscando bienestar y seguridad”, expuso en llamada con Metro Puerto Rico.
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Contrario al proyecto anterior, que se radicó en noviembre de 2023 y se postergó hasta junio del 2024, el P. del S. 757, sometido el primero de octubre, se justifica con la “creciente demanda de servicios médicos y la limitada disponibilidad de profesionales en la Isla”.
A juicio de Del Valle, parte de lo que causó que la medida pasada quedara colgada fue la falta de información sobre la profesión, por lo que, en esta ocasión, propone orientar y educar acerca de la importancia del enfermero de práctica avanzada, como minimizar la carga de instituciones hospitalarias, evitar mayores visitas a salas de emergencia y proveer atención a áreas rurales.
Las funciones que establece la Ley 254 de 2015 incluyen realizar historial de salud y examen físico, ordenar y hacer pruebas diagnósticas, establecer un plan de tratamiento previamente aprobado por profesionales y acordado con el médico, entre otras responsabilidades.
Para octubre del 2024, había un total de 666 licencias activas de enfermeros de práctica avanzada, según datos suministrados por la Junta Examinadora de Enfermería de Puerto Rico, adscrita al Departamento de Salud de Puerto Rico.