El Tribunal federal para el Distrito de Puerto Rico denegó una moción presentada por la exgobernadora Wanda Vázquez Garced para que se eliminara del expediente judicial el memorando de sentencia sometido por la fiscalía federal, al concluir que dicho escrito no incumple el acuerdo de culpabilidad y puede ser considerado por el tribunal al momento de imponer sentencia.
En una orden emitida ayer sábado, 17 de enero de 2026, la jueza Silvia L. Carreño Coll resolvió la moción de la defensa, mediante la cual Vázquez Garced solicitaba que se eliminara el memorando de sentencia del Gobierno o, en la alternativa, que se ordenara a la fiscalía cumplir estrictamente el acuerdo de culpabilidad sin recurrir a hechos del caso original por soborno que fue desestimado. La orden judicial surge luego del indulto presidencial de Donald Trump a Vázquez Garced y a los coacusados en el caso original de corrupción pública.
Carreño Coll concluyó que el acuerdo de culpabilidad no fue violado y que la información incluida por la fiscalía tiene como propósito contextualizar la conducta imputada, por lo que el memorando no debe ser eliminado del récord judicial.
“En la determinación de cómo confeccionar una sentencia criminal, la autoridad sentenciadora siempre ha sido libre de considerar una amplia gama de material relevante”, sostuvo la jueza, citando jurisprudencia del Tribunal de Apelaciones del Primer Circuito.
Qué alegaba la defensa y qué resolvió el tribunal
En su moción, la defensa argumentó que la fiscalía importó teorías de soborno, montos económicos y conductas asociadas al caso criminal 22-342, expediente grave original radicado en 2022 y posteriormente desestimado, lo que —según la defensa— constituía un incumplimiento del acuerdo de culpabilidad.
No obstante, la jueza Carreño Coll determinó que el memorando fiscal no altera ni contradice los términos del acuerdo, y que el tribunal puede considerar ese escrito como uno de varios elementos relevantes al evaluar una sentencia.
La orden judicial no aborda el calendario del caso ni reafirma la fecha de lectura de sentencia, limitándose exclusivamente a resolver la controversia planteada sobre el memorando fiscal. Cualquier determinación relacionada con la celebración, suspensión o cancelación de la vista de sentencia requeriría una orden adicional del tribunal o una notificación formal del Gobierno federal, particularmente a la luz del indulto presidencial concedido recientemente. La vista de sentencia está pautada para el 29 de enero.
El indulto presidencial y su alcance
El presidente Donald Trump concedió un indulto “completo e incondicional” que cubre a Vázquez Garced, al banquero Julio Herrera Velutini y al exagente federal Mark T. Rossini.
Según una publicación del periodista Oscar Serrano en NotiCel, el indulto cubre específicamente los cargos federales del caso 22-342, que corresponde al expediente criminal grave original. Sin embargo, los documentos de indulto que han circulado públicamente no identifican de forma expresa los casos por delito menos grave radicados en 2025, que son los expedientes separados en los que los acusados se declararon culpables, y por los que serían sentenciados el 29 de enero.
La fiscalía federal había solicitado hasta 12 meses de cárcel para la exgobernadora. Al momento, la fiscalía federal no ha notificado formalmente al tribunal la terminación definitiva del caso.
