Tuesday, January 20, 2026
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Señalan enmiendas a Ley de Salud Mental limita acceso a terapia ocupacional


Terapia ocupacional

El Colegio de Profesionales de Terapia Ocupacional de Puerto Rico (CPTOPR) alertó sobre un vacío en relación con su profesión en una serie de enmiendas propuestas a la Ley de Salud Mental (Ley 408 del 2000).

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Según la presidenta del colectivo, Anette Quiñones Miranda, el Proyecto de la Cámara 1007 no reconoce “formalmente” en sus enmiendas al profesional de terapia ocupacional en equipos multidisciplinarios propuestos, lo que limita acceso a un servicio de rehabilitación e integración comunitaria.

La Ley 408, según fue aprobada, tampoco reconoce el rol de esta profesión.

“La inclusión de la terapia ocupacional en los equipos interdisciplinarios es indispensable, ya que estos profesionales cuentan con el peritaje especializado para intervenir directamente en el funcionamiento diario, la autonomía, la participación social y la rehabilitación ocupacional de los pacientes”, enfatizó Quiñones Miranda, quien señaló las deficiencias en una ponencia entregada a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes.

Según la presidenta de la entidad, esta exclusión ha creado un vacío legal y contradice la intención de la propia Ley de Salud Mental, que reconoce la necesidad de servicios dirigidos al funcionamiento, la transición ocupacional y la autonomía de vida.

“La terapia ocupacional es la única disciplina de la salud cuyo eje central son las actividades de la vida diaria y las ocupaciones que permiten a la persona desenvolverse de manera independiente en su hogar, comunidad, escuela y trabajo, componentes fundamentales para una recuperación integral y sostenible”, añadió.

El Colegio advirtió que la falta de reconocimiento de este profesional de la salud ha tenido consecuencias directas en el sistema de salud mental del País, como la reducción significativa de plazas para en escenarios clínicos, la fragmentación de los servicios que reciben los pacientes y el riesgo a la acreditación de los programas académicos de terapia ocupacional en instituciones universitarias.

Asimismo, el CPTOPR enfatizó que la recuperación de una persona con una condición de salud mental no se limita al manejo de síntomas, sino que implica la capacidad de realizar actividades básicas e instrumentales de la vida diaria, manejar su salud, integrarse a la comunidad, trabajar, estudiar, descansar y participar socialmente.

“La rehabilitación ocurre cuando se recuperan las ocupaciones que le dan sentido a la vida del paciente, y ese es el núcleo de la terapia ocupacional”, añadió Quiñones Miranda.

Mariana López Báez, coordinadora y vicepresidenta de la Coalición por la Salud Mental, también destacó este vacío en la segunda vista pública celebrada del Proyecto de la Cámara 1007, de la autoría del representante Gabriel Rodríguez Aguiló. El funcionario preside la Comisión de Salud.

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