El Tribunal de los Estados Unidos, Distrito de Puerto Rico prohibió el traslado del inmigrante dominicano Martín Medina de la Cruz fuera de la isla, al tiempo que ordenó la celebración inmediata de una vista de fianza, tal como había solicitado la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU, en inglés) de Puerto Rico mediante una demanda.
“Esta victoria envía un mensaje directo y claro al presidente Trump, a las autoridades federales y a las autoridades estatales que han sido cómplices de este patrón de violaciones. Las personas inmigrantes en Puerto Rico tienen derechos y no detendremos nuestros esfuerzos y nuestra lucha por hacerlos valer”, subrayó el licenciado Fermín Arraiza Navas, director legal de la ACLU de Puerto Rico.
Según se indicó mediante un comunicado, la ACLU de Puerto Rico presentó una petición de habeas corpus de emergencia el martes, y una moción urgente para paralizar el traslado de Medina de la Cruz, detenido el 18 de enero de 2026 en Puerto Nuevo en San Juan.
“Esta determinación debe servir de ejemplo y alerta para los agentes y funcionarios federales que insisten en encerrar a personas inmigrantes que cualifican para procesos de protección humanitaria, en lugar de garantizarles una evaluación justa y el acceso real a sus derechos, como lo es una vista de fianza en la jurisdicción en que son detenidos”, expresó la abogada de inmigración Julie Cruz Santana, quien es demandante en el caso en representación de Medina de la Cruz.
En equipo con la ACLU de Puerto Rico, también son abogados en este caso el licenciado Rafael Rodríguez Rivera, director de la Clínica Legal de la Comunidad de la Facultad de Derecho de la Universidad Interamericana de Puerto Rico; y la licenciada María García Mirada, directora de la Clínica de Inmigración de la Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico.
La organización sostuvo que la detención fue ilegal, arbitraria y carente de una base legal válida, y que el gobierno federal pretende transferirlo fuera de la jurisdicción del Tribunal Federal en Puerto Rico de forma inminente, lo que agravaría el daño a su debido proceso y su acceso a representación legal.
“Este Tribunal ordena que el Gobierno no trasladará al peticionario fuera de Puerto Rico y que se le conceda una vista de fianza ante un Juez de Inmigración, a más tardar el 2 de febrero de 2026 a las 5:00 p. m. El Gobierno deberá informar para el 3 de febrero de 2026 si dicha vista de fianza se ha celebrado y cuál fue su resultado”, lee la orden emitida por la jueza federal Gina Méndez Miró, a cargo del caso.
El recurso judicial precisa que Medina de la Cruz no es un riesgo de fuga ni representa peligro para la comunidad. Medina de la Cruz se había presentado voluntariamente ante las autoridades migratorias, había solicitado protecciones humanitarias que la propia ley migratoria ofrece y mantenía un trámite migratorio pendiente. Además, Medina de la Cruz –quien ha estado presente en territorio estadounidense desde hace más de cinco años- cuenta con autorización de empleo.
La ACLU de Puerto Rico señaló en la demanda que la detención del inmigrante no responde a un interés gubernamental legítimo y constituye un uso abusivo del poder de detención civil. La petición establece que la intervención ocurrió cuando agentes federales seleccionaron a Medina de la Cruz y a otras dos personas de nacionalidad dominicana en el supermercado Placita Caribe, en un sector de alta concentración de población dominicana. La ACLU de Puerto Rico sostuvo que la intervención fue motivada por perfilamiento racial, una conducta prohibida por la Constitución de Estados Unidos.
“Desde Puerto Rico, seguiremos enfrentando y combatiendo las políticas discriminatorias antiinmigrantes de la administración del presidente Trump. No permitiremos que nuestra jurisdicción sea un punto de intervención y traslado acelerado de personas migrantes, limitando el derecho a representación legal, sometiéndoles a tratos inhumanos y poniendo en riesgo sus vidas”, señaló, por su parte, Annette Martínez Orabona, directora ejecutiva de la ACLU de Puerto Rico.
Luego de ser detenido, Medina de la Cruz fue transferido a una estación de Aduanas y Protección Fronteriza de EE. UU. (CBP, en inglés) en la Base Ramey en Aguadilla, y luego a instalaciones federales en Puerto Rico, donde permanece detenido bajo custodia del gobierno federal.
Con esta acción legal, la ACLU de Puerto Rico junto a Cruz Santana solicitaban al tribunal que asumiera jurisdicción de forma inmediata; que emitiera una orden para impedir el traslado de Medina de la Cruz fuera de Puerto Rico mientras se atiende el caso; y que se celebrara una vista de fianza conforme al debido proceso. La orden de la jueza es un remedio provisional que da espacio a la celebración de la vista de fianza en Puerto Rico. Méndez Miró otorgó hasta el 3 de febrero a los funcionarios demandados como representantes del gobierno federal, para responder a la demanda de la ACLU de Puerto Rico y resolver el caso en sus méritos.
La organización había advertido que un traslado al territorio continental de Estados Unidos aumentaría de forma drástica las barreras para que Medina de la Cruz pueda ejercer derechos básicos, incluyendo dificultades para la comunicación constante con su representación legal y la recopilación de evidencia y presentación de testigos. El recurso también describe obstáculos institucionales adicionales que impiden consultas legales adecuadas y confidenciales para personas detenidas, afectando directamente su derecho constitucional a contar con asesoría legal y preparar su defensa.
El sistema de detención migratoria en Estados Unidos enfrenta serios señalamientos documentados sobre condiciones peligrosas e inhumanas en múltiples centros de detención y jurisdicciones, incluyendo sobrecapacidad, restricciones de higiene, deficiencias de salud y alimentación, y otras condiciones injustificables.
