Thursday, November 21, 2024
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Dan paso a medidas para que se exima del pago del IVU a productos para bebés y aires acondicionados

La Cámara de Representantes aprobó en la sesión del lunes dos medidas con la cuales se busca eximir del Impuesto sobre Ventas y Uso (IVU) a los artículos destinados a ser utilizados o consumidos por infantes y a las personas con diversidad funcional o con condiciones de salud apremiantes.

El primero de estos es el Proyecto de la Cámara 1364, de la autoría de la representante del Proyecto Dignidad (PD), Lisie Burgos Muñiz, que busca eximir del IVU dos días de cada mes a los alimentos para ser consumidos por los infantes. Estos serían los días, 15 y 30 de cada mes, disponiendo que en febrero la exención aplicará durante el sábado siguiente al día 15 y durante el sábado siguiente al día 20 del mes.

Mientras que el Proyecto de la Cámara 1920, de la autoría de la representante Gretchen Hau, del Partido Popular Democrático (PPD) propone eximir del IVU las unidades de acondicionadores de aire a toda persona con diversidad funcional o con condiciones de salud apremiantes, así como a toda persona mayor de 65 años, residente de Puerto Rico.

“Exención de unidades de acondicionadores de aire. – Se exime del pago del impuesto sobre la venta y uso de las unidades de acondicionadores de aire a toda persona con diversidad funcional o con condiciones de salud apremiantes, cuyo médico certifique que le es beneficioso para tratar su condición de salud y recuperación, así como toda persona mayor de sesenta y cinco (65) años, residente de Puerto Rico y debidamente identificada al respecto”, lee la medida.

En el documento se indica que toda personas con derecho a reclamar esta exención deberá certificar al comerciante vendedor su condición como persona exenta al pago del IVU por esta compra.

La medida hace referencia a los constantes eventos de calor que se han experimentado en la isla en los pasados años provocados por el cambio climático.

Ambas medidas deberán pasar al Senado de Puerto Rico para su aprobación y posteriormente a la firma del gobernador.



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