Wednesday, January 15, 2025
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Abogados ambientales alertan: ilegal la orden que beneficia a los suegros de la Gobernadora

La orden administrativa firmada por el nominado secretario del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA), Waldemar Quiles Pérez, que pretende “integrar legalmente” las casas flotantes en La Parguera, Lajas, otorgándoles concesiones para autorizar el uso en bienes de dominio público en la Zona Marítimo Terrestre (ZMT), es ilegal, a juicio de cuatro abogados ambientales entrevistados por separado por el Centro de Periodismo Investigativo (CPI).

Los abogados Miguel Sarriera Román, Verónica González Rodríguez, Pedro Saadé Lloréns y Jesús M. Morales Irizarry coincidieron en que la Orden Administrativa 2025-01 viola leyes y reglamentos vigentes.

De acuerdo con el licenciado Sarriera Román, abogado de un grupo de ciudadanos que en 2005 demandó al DRNA por no actuar contra las casas en la ZMT de Playa Buyé, el Reglamento 4860 para el Aprovechamiento, Vigilancia y Conservación de Bienes de Dominio Público y Zona Marítimo Terrestre establece que para otorgarse una concesión la actividad a desarrollarse debe depender del agua, como por ejemplo, los muelles y los puertos.

Las viviendas privadas en la ZMT no cumplen con esta definición, explicó, ya que se pueden construir en cualquier otro lugar, como tierra firme.

El Reglamento 4860 expresa que “únicamente se podrá permitir la ocupación del dominio público marítimo terrestre por aquellas actividades o instalaciones que se determine son dependientes del agua y que, por su naturaleza, no puedan tener otra ubicación” y aclara que las “unidades de vivienda y otros establecimientos residenciales” serán considerados por el DRNA “como usos no dependientes del agua”.

“Ellos están creando algo para una Orden Administrativa que la ley no permite y eso es completamente ilegal”, dijo Sarriera Román. “Si ellos quieren hacer eso, tienen que enmendar la Ley [de Muelles y de Puertos de 1968] y tienen que enmendar el Reglamento [4860]”.

La Ley de Muelles y de Puertos es la que define la Zona Marítimo Terrestre. Las concesiones – las cuales tienen un tiempo de duración fijado por la propia agencia – son un consentimiento escrito para el uso a largo plazo de bienes de dominio público marítimo terrestre mediante la instalación o uso de construcciones permanentes e irremovibles. El presidente de la Cámara de Representantes, Carlos Johnny Méndez, sometió un proyecto de ley a principios de enero para alterar la definición de Zona Marítimo Terrestre en la Ley de Muelles y de Puertos.

La orden administrativa de siete páginas firmada el pasado jueves, 8 de enero, lee: “En el DRNA vemos necesario integrar legalmente esta comunidad de residencias costeras al resto de La Parguera [mediante Orden Administrativa] de forma tal que los beneficios a corto y largo plazo se traduzcan en bienestar de los recursos naturales como el principal atractivo turístico del sector”.

Privatización de los bienes públicos

La abogada González Rodríguez, coordinadora de litigio en Ayuda Legal Puerto Rico y expresidenta de la Comisión de Derecho Ambiental y Recursos Naturales del Colegio de Abogados y de Abogadas de Puerto Rico, indicó que la otorgación de concesiones bajo el Reglamento 4860 pretende “autorizar la privatización” de bienes de dominio público de manera ilegal.

González Rodríguez explicó que la Orden Administrativa 2025-01 subroga facultades legislativas de manera ilegítima, incumple con el deber ministerial de la propia agencia gubernamental y “enmienda” el Reglamento 4860 de manera procesalmente incorrecta.

“Los reglamentos se enmiendan con reglamentos”, indicó la abogada ambiental. “Para enmendar reglamentos, se requieren vistas públicas, comentarios y participación ciudadana”.

El comunicado de prensa en el que la agencia intentó explicar el propósito de la Orden Administrativa puntualiza que la misma es un reconocimiento de los derechos adquiridos por los dueños de estas estructuras en La Parguera.

No obstante, para el abogado Saadé Llorens, quien es profesor de la Clínica Ambiental de la Escuela de Derecho del Recinto de Río Piedras de la Universidad de Puerto Rico, esa afirmación es un contrasentido porque “no existen derechos adquiridos para bienes de dominio público”.

Para el especialista en permisos y en regulaciones ambientales, la disposición no es más que una manera de resolver “a mansalva” un problema histórico.

El comunicado de prensa del DRNA también describe la Orden Administrativa 2025-01 como un “modelo a seguir” para otras comunidades similares en Puerto Rico, es decir, con estructuras enclavadas por décadas en la ZMT y sujetas a modificaciones, a ventas y a reventas.

Hace dos años, una investigación del CPI arrojó que comunidades como Joyuda y Buyé, en Cabo Rojo, están en una posición jurídicamente similar a La Parguera debido a la presencia de estructuras de concreto en la ZMT para uso comercial y turístico a pesar de estar prohibidas en ley y de ir contra la política pública del pasado gobernador de Puerto Rico, Pedro Pierluisi Urrutia. Estudios han demostrado que las estructuras de este tipo aceleran la erosión costera, una de las manifestaciones de la crisis climática más marcadas en Puerto Rico.

Edificaciones en la Zona Marítimo Terrestre del área de la playa Buyé, Cabo Rojo.

Los abogados ambientales coincidieron en que los residentes de comunidades similares podrían solicitar trato igual a la corte para beneficiarse también de la Orden Administrativa 2025–01, aunque en estos momentos solo aplica a estructuras flotantes en la Reserva Natural La Parguera.

Morales Irizarry, quien es abogado ambiental y preside la Comisión de Derecho Ambiental y Recursos Naturales del Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico, alertó que tras la firma del documento será más difícil eliminar las casetas flotantes en la Reserva Natural La Parguera debido a que con esta acción el gobierno les reconoce derechos propietarios, por lo que cualquier otra determinación que se tome en el futuro debe garantizarles a los por los dueños de estas estructuras un debido proceso en ley.

De acuerdo con la orden la Orden Administrativa del DRNA, la División de Bienes de Dominio Público Marítimo Terrestre “deberá promulgar para la aprobación del Secretario los procedimientos para atender las solicitudes de mantenimiento y reparación de estas estructuras, las cuales deberán ser ágiles y sencillos de forma tal que los dueños puedan obtener los correspondientes permisos ante la Oficina de Gerencia de Permisos”. Es decir, los propietarios podrán tramitar permisos oficialmente a través de la Oficina de Gerencia de Permisos.

Cuestionamientos éticos sobre directriz

Además de los cuestionamientos sobre su legalidad, la Orden Administrativa, levantó en el debate público cuestionamientos éticos contra el nominado secretario de sí con la misma buscó favorecer a los suegros de la gobernadora Jenniffer González Colón. Irma Llavona Rivera y José Del C. Vargas Cortés son propietarios de una estructura en La Parguera y enfrentaban una querella por presuntamente depositar relleno y cortar mangle rojo para construir un tablado y una terraza sin los permisos necesarios.

La orden firmada por Quiles Pérez ordena a la Oficina de Oficiales Examinadores y Jueces Administrativos el archivo de los casos relacionados a asuntos establecidos en la orden “por convertirse académicos”. No obstante, la Gobernadora dijo que no creía que esa orden dispusiera de la querella contra sus suegros porque, según interpretó, sólo resuelve la controversia por las concesiones para el disfrute del bien público, pero no despacha el asunto de los presuntos daños causados a los recursos naturales del área.

González Colón negó en conferencia de prensa conocer sobre la Orden Administrativa 2025-01, así como haber ordenado al secretario a firmarla. La Primera Ejecutiva no contestó las preguntas enviadas por el CPI sobre esta controversia y la legalidad de la orden. Mariely Padró ni Carlos Bermúdez contestaron múltiples mensajes y llamadas del CPI para recibir una respuesta.

Senadores como María de Lourdes Santiago y Adrián González han manifestado que esta acción de Quiles Pérez le descalifica para el cargo. Otros como Eliezer Molina y Joanne Rodríguez Veve han tronado contra la decisión del designado. La delegación del Partido Popular Democrático en la Cámara de Representantes anunció que radicarán una querella ética contra Quiles Pérez por presuntamente buscar un beneficio directo para los familiares de la Gobernadora y radicaron una resolución conjunta para dejar sin efecto la Orden Administrativa.

La Parguera es una reserva natural de alto valor ecológico y reconocimiento internacional debido a que es una de las pocas bahías bioluminiscentes en el mundo. En años recientes ha cobrado notoriedad por múltiples denuncias de crímenes ambientales en contra de los planes de manejo y los acuerdos gubernamentales para su protección.





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