Las enmiendas propuestas a la Ley de Transparencia y Procedimiento Expedito para el Acceso a la Información (Ley 141 de 2019) y la Ley del Registro Demográfico (Ley 24-1931) representarían un retroceso para la posición de Puerto Rico en la Calificación Global del Derecho a la Información, según un análisis realizado por el Center for Law and Democracy.
Así lo reveló, este martes, la directora ejecutiva de Sembrando Sentido, Issel Masses, durante el segundo día de las vistas públicas ciudadanas convocadas por el Programa de Transparencia del Centro de Periodismo Investigativo (CPI) y el Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico (CAAPR), para discutir el efecto de dos proyectos del Senado — el P. del S. 63 y el P. del S. 331 — que limitarían el acceso a la información.
La organización Sembrando Sentido encomendó este análisis al doctor Toby Mendel, fundador y director ejecutivo del Center for Law and Democracy.
“Nos posicionaríamos en el número 106 de un total de 140 países. De aprobarse las enmiendas, Puerto Rico descendería en el renglón de procedimientos de solicitudes de información pública, con países como Irán, Bolivia y Guyana por encima de nosotros”, indicó Masses.
Esto representa una disminución del posicionamiento previo que Puerto Rico obtuvo en 2020, cuando se ubicó en la posición 96 de un total de 140 países evaluados.
Como organización que se dedica a combatir la corrupción, Sembrando Sentido ha utilizado la Ley 141 de 2019 para presentar 37 solicitudes de información que persiguen fiscalizar al Gobierno para recomendar mejores prácticas de gobernanza. Por ejemplo, una petición que hicieron al Departamento de Educación logró evidenciar el incumplimiento de esa agencia, que no produce informes sobre las labores que realizan y los resultados de sus programas, adelantó Masses. Las gestiones de Sembrando Sentido solicitando información también provocaron que el Departamento de Justicia creara el Registro de Personas Convictas por Corrupción, comentó Masses.
Otra entidad que ha hecho uso frecuente de la Ley 141 de 2019 es el Proyecto de Acceso a la Información de la INTER Derecho, que representa a activistas, periodistas y organizaciones civiles y comunitarias que quieren hacer valer este derecho. El licenciado Luis José Torres Asencio indicó que ese proyecto ha presentado 67 demandas de acceso de información, de las cuales 40 han sido mediante recursos extraordinarios de mandamus y otras 27 mediante recurso especial, bajo la Ley de Transparencia.
De aprobarse las enmiendas propuestas a la Ley de Transparencia, “un ejemplo de impacto severo será en el terreno ambiental”, expuso Torres Asencio al destacar que las leyes de permisos limitan el tiempo para que las organizaciones participen y contesten, por lo cual si se prolonga la espera para recibir los documentos pertinentes para hacer sus comentarios, se afectaría la posibilidad de incidir en los procesos. “¿Qué va a pasar? Cuando se le entreguen los documentos, va a haber vencido el término de comentarios; ya va a estar aprobado el permiso y se volverá académica la solicitud”, ejemplificó.
Torres Asencio también destacó que el P. del S. 63, que pretende prohibir la divulgación de la base de datos de mortalidad del Registro Demográfico, en su “exposición de motivos repite un argumento jurídicamente incorrecto”, al establecer que esa información está cubierta por la Ley HIPAA, algo que ya el foro judicial resolvió en el sentido contrario.
En representación del CPI, su cofundador y miembro de Junta de Directores, Oscar Serrano, destacó que hace una década la ciudadanía no contaba con una herramienta para el derecho de acceso a la ciudadanía, pero sí un derecho constitucional de acceso a la información. “La discusión pública sucedía con lo que el Gobierno quería comunicar; con lo que periodistas podían conseguir, no fácilmente, sino por mecanismos difíciles como el uso de fuentes anónimas… No se utilizaba el derecho de acceso como una herramienta tanto como en los últimos años”, comentó Serrano. Argumentó que, debido a este uso más frecuente por parte de grupos cívicos, es que el gobierno se dispone ahora a coartar este derecho. “¿Por qué se busca coartar el derecho de los ciudadanos a informarse? ¿Por qué se quiere que los ciudadanos sepan menos de lo que saben ahora?”, cuestionó.
Puntualizó también en su ponencia que el requisito de notificación al jefe de agencia que se propone “potencialmente crearía un poder de veto sobre la divulgación de información”, y es contraproducente tanto en términos prácticos como de política pública. Primero, que la información de contacto de quiénes dirigen las agencias o municipios no está disponible en las páginas web. Segundo, se elimina la finalidad de despolitización que pretendía la ley y “genera la duda de si el jefe de la agencia tiene poder de veto en términos de cuál es la información que se divulgará”.
En cuanto al Proyecto del Senado 331, dijo que “restringe la capacidad de fiscalización de la prensa y organizaciones civiles” en un momento en que Puerto Rico enfrenta una crisis demográfica. “El Gobierno tiene que conducirse con cuidado considerando cuáles son las características de la población joven, trabajadora y adulta mayor, porque hay una obligación de hacer política pública… ¿En este momento en que se hace tan urgente, es que queremos que nadie se entere de cuáles son los datos demográficos? ¿Es en este momento que queremos que el Gobierno tenga control único sobre los datos? ”, comentó.