Tuesday, December 2, 2025
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LUMA reitera reclamo por enseres aumentará la factura, mientras DACO advierte volvería al tribunal si esto ocurre


Factura de LUMA Energy Foto: Dennis A. Jones/Metro Puerto Rico (Metro Puerto Rico)

El Tribunal Supremo de Puerto Rico determinó el lunes dejar sin efecto la cláusula contractual que eximía a la empresa LUMA Energy y a la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) de responder por daños causados por negligencia ordinaria, al concluir que el Negociado de Energía actuó sin autoridad al aprobarla mediante resolución administrativa.

Esto provocó un nuevo enfrentamiento entre la empresa encargada del sistema de transmisión y distribución y el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO), entidad que llevó el caso hasta el máximo foro judicial.

LUMA advirtió nuevamente que esta determinación encarecerá el costo del servicio a los consumidores, asegurando que serán los mismos clientes quienes pagarán los reclamos. Mientras que DACO, advirtió tanto a la empresa como al Negociado de Energía de Puerto Rico (NEPR) que irá al tribunal en caso de que esto suceda.

DACO advierte a LUMA y el NEPR que volverá al tribunal si le suben la luz a los consumidores tras decisión del Supremo

La secretaria del DACO, Valerie Rodríguez Erazo, advirtió al negociado que irá a los tribunales en caso de que se imponga a los consumidores un costo adicional en la factura tras la anulación del relevo de responsabilidad a LUMA Energy, por enseres dañados.

Rodríguez Erazo reaccionó en declaraciones escritas a las expresiones de LUMA Energy, donde asegura que la determinación del Tribunal Supremo podría resultar en otro aumento en la factura del servicio eléctrico.

“Las recientes expresiones de LUMA, en las que lamenta y difiere de la decisión del Tribunal Supremo y advierte que cualquier cambio en el relevo de responsabilidad puede afectar el costo y la operación del sistema, revelan una vez más su eterna resistencia a acatar decisiones y una soberbia que el país conoce demasiado bien. Por eso hoy quiero ser completamente clara: este mensaje es al Negociado de Energía de Puerto Rico. A LUMA ya la derrotamos en el Tribunal Supremo. Si el Negociado se presta ahora para traducir esa actitud en política pública y pretende trasladar a las facturas de luz el costo de las indemnizaciones por enseres dañados y otros perjuicios causados por la negligencia de LUMA, estará violando la ley, el orden constitucional y su propio juramento. Socializar el daño, convertir al pueblo en pagador de la negligencia de un operador privado, es inaceptable y será combatido con todas las herramientas jurídicas disponibles”, expresó Rodríguez Erazo.

La titular del DACO explicó que la Ley de Transformación y ALIVIO Energético, ordena que las acciones, reglamentaciones y determinaciones del NEPR “deben regirse por las leyes aplicables, por el interés público y por el interés de proteger los derechos de los clientes y consumidores”.

“El Tribunal Supremo ya resolvió que el Negociado carece de facultad para crear inmunidades o exoneraciones de responsabilidad civil a favor de LUMA y que tal intento fue nulo desde su origen por violar la separación de poderes. Pretender ahora disfrazar esa misma inmunidad pasando el costo a los abonados por la vía tarifaria volvería a colocarlos fuera de la ley”, indicó.

La funcionaria fue enfática en que acudirá nuevamente al tribunal si se carga a los consumidores con el costo que debe asumir la empresa encargada del sistema de transmisión y distribución.

“Los miembros del Negociado de Energía juraron proteger y defender la Constitución, las leyes y al pueblo de Puerto Rico, no a blindar empresas privadas de las consecuencias de su conducta. Si se atreven a intentar socializar el daño, si pretenden utilizar procesos tarifarios u otras fórmulas regulatorias para que el pueblo pague las indemnizaciones que corresponden a LUMA, incurrirán en una nueva violación a su juramento. El Departamento de Asuntos del Consumidor acudirá de inmediato a los tribunales para detener cualquier esquema que busque cargar al consumidor el costo de la negligencia de LUMA”, expresó.

LUMA advierte que decisión del Supremo sobre relevo de responsabilidad podría impactar costos del sistema eléctrico

La empresa LUMA Energy reaccionó a través de declaraciones escritas a la determinación del Tribunal Supremo de Puerto Rico y advirtió que un cambio en ese relevo podría afectar el costo y la operación del sistema eléctrico.

“Lamentamos y diferimos de la decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico con respecto al relevo de responsabilidad de la Autoridad de Energía Eléctrica y LUMA. Los relevos de responsabilidad son una práctica común y existen para empresas eléctricas en todo el mundo”, dijo la empresa en declaraciones escritas sin atribuir.

“Estamos evaluando el alcance y el impacto de esta decisión para nuestros clientes y los próximos pasos. Reiteramos que cualquier cambio en el relevo de responsabilidad podría afectar el costo y la operación del sistema eléctrico de Puerto Rico, el marco legal actual y el plan fiscal para la Autoridad de Energía Eléctrica”, añadió.

LUMA sostuvo que el relevo aprobado previamente por el Negociado de Energía respondía al estado del sistema eléctrico tras décadas sin mantenimiento adecuado por parte de la Autoridad de Energía Eléctrica, al afirmar que la evaluación de la decisión continuará en los próximos días.

¿Cuál fue la decisión del Tribunal Supremo?

En una opinión emitida el 1 de diciembre de 2025, el Supremo determinó que el relevo incluido en la Sección 4.1(g) del contrato de operación y mantenimiento (OMA) funcionaba, en la práctica, como una inmunidad general frente a reclamaciones de consumidores. Esa prerrogativa, sostuvo el Tribunal, solo puede ser otorgada por la Asamblea Legislativa y no mediante un proceso administrativo. La decisión advierte que el Negociado de Energía se extralimitó y violó la doctrina de separación de poderes al intentar limitar la responsabilidad civil de un operador privado del sistema eléctrico.

El caso fue presentado por el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO), que denunció que la resolución del Negociado dejaba a los abonados sin remedios efectivos para reclamar daños por interrupciones, fluctuaciones o fallas en el servicio eléctrico. El Tribunal coincidió y aclaró que el DACO tiene legitimación estatutaria plena para defender a los consumidores en los tribunales, rechazando la postura de LUMA y del Negociado de que esa función recaía únicamente en la Oficina Independiente de Protección al Consumidor (OIPC).

       

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