Thursday, March 12, 2026
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Cámara da paso a la prohibición del “voceteo”


Cámara de Representantes durante Sesion Cámara da paso a la prohibición del “voceteo”

La Cámara de Representantes avaló durante la Sesión Ordinaria el Proyecto de la Cámara 911 para prohibir la práctica conocida como “voceteo” desde las 12:00 a.m. hasta la 6:00 a.m. de cada día en todo Puerto Rico.

La pieza, de la autoría del representante José “Pichy” Torres Zamora, reconoce además la facultad de las legislaturas municipales para regular dicha práctica, e implementar multas que comenzarán en $1,000 por cada infracción.

Así también, establece la facultad de reglamentación para el Estado y los distintos municipios, así como prohíbe esta actividad las 24 horas en hospitales, escuelas e iglesias.

Además, la medida se enmendó en sala para determinar que el “voceteo” será permitido solo bajo autorización escrita del Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) o el gobierno municipal.

En su turno, el también portavoz de mayoría expresó, que esta propuesta, que viene presentando desde el 2018, cuando aún se desconocía de esta problemática, es una respuesta al ruido ensordecedor que sufren los ciudadanos a todas horas del día.

Al expresar su esperanza de “que a la tercera sea la vencida, dijo que este proyecto “lo que busca es que entre las 12 de la medianoche a las seis de la mañana, estos equipos no se puedan usar, no se puedan prender, si lo prendió, viene la multa; aquí no es si tengo que buscar el nivel de ruido mediante un dosímetro, no, si usted lo prendió lo vio el policía estatal o municipal, la multa está”.

Explicó que se determina esa hora, ya que es el periodo del día en que “la mayoría se acuesta para descansar, cumple con los códigos de ordenamiento municipal. Tratamos de sacar el ruido innecesario de las calles, esto es sana convivencia, esto es para el pueblo puertorriqueño ya que se va a aplicar tanto en los municipios que ya lo prohíbe, como al resto. Basta ya de los ruidos innecesarios, tenemos que proveer para que la gente esté tranquila”.

A su vez, se dio paso al Proyecto de la Cámara 1004, para disponer el establecimiento de un sistema de procesamiento de querellas por parte de la empresa a cargo de la administración del servicio eléctrico, que impida el cierre injustificado de las reclamaciones sin una resolución efectiva.

La pieza, del representante José “Cheito” Hernández Concepción, enmienda la “Ley de la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico” busca atajar un patrón observado por la empresa LUMA Energy, en el que las reclamaciones emitidas por los abonados no son atendidas adecuadamente y más aún, son cerradas sin una contestación satisfactoria.

“Lo cual provoca indefensión, desinformación y falta de transparencia en la relación proveedor-consumidor. El efecto práctico es la pérdida de confianza pública hacia la empresa responsable de administrar un servicio crítico para todos los sectores del país”, se indica en la exposición de motivos del proyecto.

El representante Hernández Concepción manifestó en su turno sobre la medida, que el objetivo de esta “es ayudar a la gente, porque lamentablemente cuando hacen querellas, a LUMA, tienen que hacer tres, cuatro, cinco reclamaciones sobre lo mismo porque la empresa alega que se atiende y realidad no son atendidos”.

El sistema de querellas deberá documentar el trámite de cada uno de los planteamientos presentados, incluyendo la fecha y hora de radicación, identificación de la unidad o división asignada para atenderla, así como las acciones tomadas y la determinación final.

Se establece en el lenguaje decretativo que la empresa “no podrá cerrar una querella sin que exista una explicación escrita, notificada al consumidor, que describa la acción tomada, la resolución ofrecida y la determinación final”.

La empresa que esté a cargo tendrá 180 días a partir de la vigencia de la ley para adoptar el mandato de ley.

De la misma manera, se favoreció el Proyecto de la Cámara 1058, del representante Ensol Rodríguez Torres, que atempera la disposición que prohíbe el uso de gas pimienta en instituciones juveniles, en respuesta al aumento en los casos de agresiones, incidentes violentos y amenazas que ocurren dentro de estos complejos correccionales.

El legislador Rodríguez Torres, puntualizó que la iniciativa surge de una investigación realizada en la que los empleados de custodia en las instituciones juveniles reclamaron acción legislativa debido a los casos de agresiones que se producen entre los mismos jóvenes y contra los oficiales, quienes deben usar la fuerza para neutralizar la situación.

“El gas pimienta, que sería usado como último recurso, lo que hace es minimizar o controlar los motines o las agresiones entre ellos”, ya que en la actualidad tienen que recurrir a los puños, lo que indicó genera más violencia.

De otro lado, la representante Adriana Gutiérrez Colón, rechazó el proyecto al criticar que se utilicen “medidas punitivas extremas que contradice ese principio rehabilitador y envía un mensaje de represión en vez de uno restauración y de educación

Desde el 2022, cuando se enmendó la Ley de Menores de Puerto Rico, para prohibir la utilización de este mecanismo de fuerza no letal como disuasivo en incidentes violentos, se ha observado un aumento en los casos de agresiones, que van de 32 en la mencionada fecha en la institución de Ponce, hasta 57 en septiembre del 2025.

Esta enmienda “no persigue menoscabar los principios rectores, ni los propósitos fundamentales de la Ley de Menores de Puerto Rico. Por el contrario, atempera el marco legal vigente a la realidad institucional, garantizando que la protección de los derechos de los menores se armonice con la obligación del Estado de salvaguardar la vida, integridad física y seguridad institucional”.

Además, fue respaldado el Proyecto de la Cámara 164, de la representante Lisie Burgos Muñiz, para crear la Ley de Protección de los Deportes Femeninos, que dispondrá que todo equipo deportivo y estudiante-atleta que pertenezca a una escuela o institución universitaria, deberá ser expresamente designado en categorías basadas en el sexo biológico de sus miembros.

En su alocución la representante Burgos Muñiz, apuntó que con esta medida se atiende un “asunto fundamental de justicia, equidad y protección para nuestras niñas y mujeres en el deporte, quienes han luchado por décadas para destacarse en este campo”.

Por su parte, el representante Héctor Ferrer Santiago quien favoreció en principio la pieza, “puesto que tiene un fin loable” solicitó una enmienda para que se permita a las niñas participar en equipos escolares ya que “le estamos quitando la oportunidad de jugar en deportes que no tienen contacto”.

Igualmente, se le dio paso al Proyecto de la Cámara 434, del representante Joel Franqui Atiles, para mandatar el uso de protectores de hélices en toda embarcación que navegue dentro de los límites de las Áreas Naturales Protegidas, con el fin de reducir el daño ambiental y evitar heridas graves o la muerte, tanto a los bañistas como a las especies marinas.

La medida, establece que quedarán exentas, las naves utilizadas exclusivamente por su dueño como único instrumento de trabajo en la pesca comercial, las pertenecientes al Gobierno de Puerto Rico u operadas por una entidad privada que posea una alianza público-privada.

La multa impuesta por la violación de este estatuto será de 250 dólares, pero lo dispuesto por el proyecto, no impedirá que se inicie una acción civil o criminal si el infractor causa daño o destruye especies marinas, corales o praderas marinas.

A renglón seguido, fue favorecido el Proyecto del Senado 676, que enmienda el Código Penal de Puerto Rico”, la “Ley de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Crédito” y la “Ley Uniforme de Valores”, para establecer un periodo prescriptivo de diez años para los delitos de fraude, debido a la complejidad de la investigación para detectar estos crímenes.

También recibió el beneplácito de los legisladores, el Proyecto del Senado 802, que requiere a la Oficina de Enlace de la Comunidad Sorda con el Gobierno de Puerto Rico, la creación y publicación obligatoria de un catálogo de todos los servicios gubernamentales disponibles dirigidos a esta población.

Asimismo, fue refrendada la Resolución Conjunta de la Cámara 153, de la representante Carmen Medina Calderón, para la trasferencia del título de propiedad de la antigua escuela elemental Emiliano Figueroa, al municipio de Loíza a los fines de desarrollar proyectos de impacto social y brindar servicios públicos que redunden en el desarrollo y bienestar de las comunidades aledañas al Sector Piñones del Barrio Torrecilla Baja.

A su vez, fue recibido un informe parcial por parte de la Comisión de Reorganización, Eficiencia y Diligencia, presidida por el representante Ángel Morey Noble, en torno a la Resolución de la Cámara 456, con el propósito de evaluar posibles enmiendas, derogaciones y nueva legislación dirigidas a fortalecer el clima de negocios en la Isla.

Concurren con enmiendas del Senado

Por otro lado, se concurrió con las enmiendas introducidas por el Senado a las siguientes medidas:

Proyecto de la Cámara 18 – busca establecer la “Ley de Asistencia, Protección y Albergue a Víctimas y Testigos”, a fin de proveer protección y asistencia a víctimas y testigos de delitos, así como a su núcleo familiar, cuando sea necesario para asegurar su participación en los procedimientos investigativos y judiciales que se lleven a cabo para enjuiciar un delito.

Proyecto de la Cámara 463 – para añadir lenguaje a la “Ley de Alianzas Público-Privadas”, de modo que se incluya como parte del procedimiento de selección de un proponente y la adjudicación de una alianza, una certificación, en la que se establezca que no subcontratará la provisión de bienes o servicios objetos del acuerdo a miembros de su unidad familiar, sus accionistas, socios, exsocios, entidades relacionadas ni exempleados.

Proyecto de la Cámara 582 – introduce enmiendas a la “Ley de Sustancias Controladas de Puerto Rico”, a los fines de precisar su lenguaje con relación a las facultades delegadas al Departamento de Salud para administrar el estatuto.

Proyecto de la Cámara 674 – autoriza a los pacientes de lupus, bajo todas sus modalidades, a que puedan solicitar el rotulo removible, como permiso autorizándolo a estacionar en áreas para personas con impedimentos.

Resolución Conjunta de la Cámara 47 – ordena a las agencias a cargo de los embalses de agua en Puerto Rico, gestionar y solicitar fondos federales para el dragado de estas, con el propósito de restaurar su capacidad de almacenamiento.

La Cámara de Representantes recesó sus trabajos legislativos de la sesión ordinaria hasta el próximo lunes, 16 de marzo, a la 1:00 p.m.

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