El Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) reconoció que no ha intervenido en comercios no clínicos que anuncian ofertas de procedimientos médicos o estéticos de manera intercambiable, a pesar de que tiene jurisdicción para ello. Estos tratamientos además suelen ser ejecutados por personal no capacitado.
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La licenciada Yasiris Torres Rivera, abogada sénior en DACO, planteó que, en su lugar, se han emitido “multas de escritorio” a empresas que comparten publicidad que incumple con estándares del Reglamento de Prácticas Comerciales, según revisados por inspectores de la agencia en operativos en los que examinan las redes sociales.
Según la funcionaria, quien compareció en la última vista pública de la Comisión de Salud sobre el Proyecto del Senado 971, que propone regular estos servicios ofrecidos de manera irregular, este tipo de anuncio o práctica engañosa se fiscaliza también si el procedimiento brindado no está comprobado científicamente o si se le prometió al paciente algún resultado que no obtuvo.
“El Departamento [de Asuntos del Consumidor] no tiene jurisdicción sobre la práctica de una profesión en particular. Podemos entrar por el lado comercial. […] Si una persona trae un planteamiento de que ‘me anunciaron este resultado que no estaba científicamente comprobado’, puede ser penalizado por anuncio engañoso y se da una multa administrativa”, contestó Torres Rivera a preguntas de la senadora María de Lourdes Santiago Negrón.
La abogada de la agencia especificó que actualmente hay 59 querellas radicadas por concepto de práctica engañosa.
Por su parte, el secretario del Departamento de Salud (DS), Víctor Ramos Otero, señaló que, por vacíos legales, este tipo de negocio que puede ofrecer blanqueamiento dental, pedicura médica, inyecciones o sueros sin personal adecuado ni criterios médicos no está regulado por la Ley de Farmacia (Ley 247 del 2004). Esta legislación vela por el manejo de las sustancias utilizadas mediante licencias, certificados e inspecciones.
La Secretaría Auxiliar para la Regulación de la Salud Pública (SARSP), adscrita al DS, tampoco tiene injerencia en esta fiscalización, por lo que la responsabilidad radica actualmente en el Departamento de Justicia, por consistir en prácticas ilegales.
Si bien el secretario reconoció que no todas las esteticistas realizan procedimientos médicos no autorizados, opinó que esos establecimientos donde se flexibilizan esas operaciones deben cerrar, en lugar de colocar un médico supervisor en el espacio, como se ha sugerido.
“El médico hace procedimientos médicos. Los esteticistas hacen procedimientos estéticos. Ninguna debe meterse en el espacio de la otra”, declaró Ramos Otero, quien avaló la regulación de la profesión y propuso la integración de las juntas examinadoras de Especialistas en Belleza o “Beauticians” y de Barberos y Estilistas de Barbería a la Junta de Licenciamiento y Disciplina Médica (JLDM) del DS.
El secretario también solicitó a la Comisión, presidida por el senador Juan Oscar Morales Rodríguez, incluir a la SARSP en la propuesta legislativa como ente fiscalizador, así como enmendar la Ley de Farmacia y la Ley de Sustancias Controladas para incluir estos establecimientos de servicios estéticos que operan ilegalmente en el marco jurídico actual.
Ramos Otero sentenció que quienes incurren en prácticas engañosas e ilegales suelen ser personas que estudiaron cursos cortos de estética y no anticipan las consecuencias de una mala administración de una inyección, suero u otro procedimiento.
La presidenta del Colegio de Farmacéuticos, Paula Dolores Espada Rolón, sugirió prohibir la entrega de medicamentos para un uso fuera del entorno supervisado de un centro autorizado y también apuntó que todo establecimiento que haga mezclas de compuestos —muchos de estos comercios ofrecen “cócteles” de nutrientes que administran por suero— se adhieran a las normas de la Farmacopea de los Estados Unidos.
La profesional en farmacia destacó que el Proyecto 971 integre normativas de la Administración de Alimentos y Medicamentos (FDA, en inglés), la Administración para el Control de Drogas (DEA, en inglés) y la Farmacopea, que aseguran el uso de medicamentos distribuidos por manufactureras registradas.
Asimismo, la presidenta del Colegio de Profesionales de Enfermería, Marisel Delgado Ramos, esbozó que los rangos más altos de los enfermeros, como de práctica avanzada, pueden administrar estas terapias si media una orden médica.
Torres Rivera, del DACO, sostuvo que, mediante una orden administrativa interna, se creó un Comité Asesor sobre la Industria de Procedimientos Estéticos para adiestrar a empleados de la agencia para que sus inspectores estén capacitados en identificar esas prácticas, evaluar tendencias, orientar al consumidor y recomendar iniciativas educativas.
El grupo, designado por el secretario Hiram Torres Montalvo, debe incluir representantes de la clase médica, profesionales licenciados de estética y expertos en salud y seguridad.
Joaquín A. Rosado Lebrón cubre salud para Metro Puerto Rico a través del programa Report for America.
