Wednesday, April 8, 2026
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Apelativo valida requisito de certificación de prensa para entrar a conferencias en La Fortaleza


Tribunal de Apelaciones. Foto: Metro P. R. (Dennis A. Jones)

El juez ponente Eric Ronda Del Toro, del Tribunal de Apelaciones, revocó el miércoles, la sentencia del Tribunal de Primera Instancia y desestimó la demanda del Centro de Periodismo Investigativo al concluir que exigir la certificación de prensa del Departamento de Estado para acceder a conferencias de prensa en La Fortaleza es una medida “válida y razonable”.

Así pues, el beneficio de recibir una certificación de prensa no se limita a la obtención de un rótulo removible para efectos identificar un vehículo de motor a tenor con el Artículo 2.24 de la Ley de Tránsito, Ley 22-2000. Por tanto, al existir un ente administrativo designado para expedir las certificaciones a los periodistas, resulta razonable y neutral la directriz del Estado de solicitar la referida acreditación”, reza la sentencia del juez Ronda Del Toro.

El panel, integrado además por la jueza Grace Grana Martínez y la jueza Glorianne Lotti Rodríguez, concluyó que la determinación del gobierno no contraviene disposición constitucional alguna ni limita la libertad de prensa. También resolvió que la directriz aplica a todos los periodistas por igual y no está dirigida a limitar discursos ni a restringir el contenido de lo que se pueda recopilar en las conferencias de prensa.

La controversia surgió luego de que personal de La Fortaleza impidiera en diciembre de 2025 la entrada a periodistas del Centro de Periodismo Investigativo por no contar con la certificación de prensa expedida por el Departamento de Estado. Posteriormente, el Tribunal de Primera Instancia había resuelto a favor del Centro y prohibido al gobierno exigir ese documento como requisito de acceso.

Sin embargo, el Apelativo resolvió que el foro primario erró al emitir sentencia declaratoria e injunction sin celebrar vista evidenciaria ni seguir el trámite correspondiente para ese tipo de remedio. Además, sostuvo que los demandantes no demostraron haber agotado el proceso administrativo para solicitar la certificación, por lo que existía un remedio adecuado antes de acudir al tribunal.

La sentencia dispone que el Departamento de Estado es el ente designado por ley para acreditar quién es miembro bona fide de la prensa general activa. A base de ello, el panel concluyó que la certificación puede ser utilizada como mecanismo de identificación para facilitar el acceso de periodistas a convocatorias de prensa de la gobernadora.

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