Friday, November 22, 2024
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Otorgan custodia de Lisha Ramón Mejías a su esposo

La joven vendedora de jugos naturales, Lisha Ramón Mejías, volvió a quedar en libertad condicional, luego de que el Tribunal de Primera Instancia de Caguas concediera a su esposo, Joseph Vladimir Fernández, su custodia.

La jueza Wanda López Cruz ordenó que la joven sea ingresada a una institución de salud mental, según reporta Telemundo.

Asimismo, la jueza señaló que la joven -una vez salga de la institución- no podrá consumir bebidas alcohólicas ni drogas, realizar publicaciones en sus redes sociales (excepto si están relacionadas a su negocio de venta de jugos) y deberá permanecer en su hogar.

El próximo lunes, 24 de junio, se decidirá cuando la joven regresará a su hogar junto a su esposo.

Ramón Mejías había sido reingresada a prisión el pasado jueves, 13 de junio, luego de que su madre, identificada como Miguelina Mejía, renunció a ser su cuidadora.

Durante el miércoles, Ramón Mejías colgó unas fuertes y serias declaraciones contra su madre, donde la acusa a ella y a su padre de maltrato.

“Yo te defendía de mi padre todo el tiempo, fui tu mano derecha en la casa. Todavía recuerdo cuando tenía 8 años, que deseaste que un viejo me robarara y violara. Cuando tenía 5 años, me orinaba y no me defendiste de mi padre que bajo agua fría me golpeará. A los 12 años, mi padre dándome hasta botar sangre y tú pasándole el palo para que continuará golpeándome. A mis 16 años, intentaste matarme ahorcándome y si no fuera por mis hermanas lo hubieras logrado. HUÍ DE TI. Ahora que te necesito, me abandonas. Toda mi adolescencia prefería refugiarme con desconocidos que con la persona que se supone que me protegiera” (sic.).

Ramón Mejías enfrentaba un cargo de agresión agravada en su modalidad de lesión mutilante y un cargo por uso de arma banca presentados por la fiscal Teresita Del Rosario Morales Arteaga. La acusada aceptó los hechos mediante un acuerdo con el Ministerio Público que contó con la anuencia de la víctima. Por lo que se modificó la denuncia de agresión agravada para eliminar la modalidad de lesión mutilante, y la violación al artículo 6.06 de la Ley de Armas fue reclasificada al artículo 6.08 de posesión de un arma sin licencia, para una pena total de siete años de cárcel.

El Tribunal ordenó que se preparara un informe presentencia para determinar si la hoy convicta por confesión cualifica para que su sentencia sea cumplida bajo el régimen de sentencia suspendida. La defensa solicitó que el Tribunal dejara sin efecto la supervisión electrónica impuesta como parte de las condiciones de fianza.

El Ministerio Público se opuso a esta solicitud y el Tribunal determinó que debía permanecer con supervisión electrónica bajo la vigilancia del Programa de Servicios con Antelación al Juicio hasta tanto se dicte la sentencia condenatoria. Además, se le concedió una orden de protección a la perjudicada al ampro de la Ley 284-1999, conocida como, Ley Contra el Acecho en Puerto Rico.

Ramón Mejías fue acusada por atacar a una mujer, el 8 de octubre del año pasado, en la intersección de las avenidas Sagrado Corazón De Jesús y Eduardo Conde en Santurce.



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