Friday, January 31, 2025
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Joanne Rodríguez Veve vuelve a presentar medida para regular el aborto en menores de 15 años

La senadora Joanne Rodríguez Veve presentó un proyecto de ley para establecer un protocolo en el manejo de casos de abortos en menores de quince años o menos en Puerto Rico. La medida propone requerir la intervención de al menos uno de los padres con patria potestad o del custodio legal de la menor para otorgar consentimiento informado por escrito antes de que se realice el procedimiento.

Según la exposición de motivos el proyecto responde a la falta de requisitos específicos en el ordenamiento jurídico actual respecto al consentimiento en casos de abortos en menores de edad. La propuesta busca garantizar el acompañamiento de las menores por parte de sus tutores legales y prevenir posibles casos de abuso sexual.

En junio del año pasado el Senado aprobó sin debate legislativo el informe positivo del Proyecto del Senado 495, sometido por la Comisión de Asuntos de Vida y Familia que proponía establecer la Ley para requerir la intervención de al menos uno de los padres que ostente la patria potestad de una menor de 15 años al momento de consentir un aborto en el país. Sin embargo, la Cámara de Representantes no atendió el proyecto y diversas organizaciones rechazaron la medida, advirtiendo que esa restricción podría haber reducido el acceso a abortos seguros para menores de edad. Además, destacaron que las clínicas de aborto estaban ubicadas principalmente en el área metropolitana y que solo dos de las cuatro ofrecían servicios a menores de 16 años.

Como parte del análisis de la medida, la Comisión de Asuntos de Vida y Familia del Senado solicitó información al Departamento de Justicia sobre abortos realizados a menores de quince años entre 2018 y 2022. Según el informe de la agencia, de los 67 casos investigados, dos correspondían a víctimas de agresión sexual. En 32 casos, el embarazo se produjo entre menores de edad, mientras que en 22, las menores de catorce o quince años quedaron embarazadas de varones entre dieciocho y diecinueve años. En ocho casos, la diferencia de edad entre la menor y su pareja superaba los cuatro años.

El informe también reveló que solo una clínica de aborto refirió tres casos a las autoridades, mientras que 64 casos no fueron reportados, a pesar de que la ley vigente requiere la notificación por sospecha de abuso sexual. Además, en 30 de los casos no se pudo determinar si la menor estuvo acompañada por un adulto al momento del procedimiento.

El proyecto establece que cualquier clínica, hospital o médico deberá cumplir con varios requisitos antes de realizar un aborto en una menor de quince años, incluyendo la documentación del consentimiento del tutor legal y la notificación obligatoria al Departamento de la Familia. También dispone una excepción en casos donde el embarazo haya sido causado por un progenitor o tutor legal, en cuyo caso se deberá activar un protocolo de custodia de emergencia.

La medida se fundamenta en la decisión del Tribunal Supremo de Estados Unidos en el caso Dobbs v. Jackson Women’s Health Organization, que revocó el precedente de Roe v. Wade y devolvió a los estados y territorios la autoridad para regular el aborto. Según la exposición de motivos, la Asamblea Legislativa de Puerto Rico busca ejercer su facultad para regular estos casos.

Propuesta de ley de adopción

Entre otras medidas retomadas, se destaca una enmienda a la Ley de Adopción de Puerto Rico (Ley 61-2018), que busca clarificar el acceso de mujeres entre los 18 y 21 años a los mecanismos de entrega voluntaria de recién nacidos.

La pieza legislativa enmendaría los Artículos 5, 13 y 21 de la ley vigente para establecer que toda persona mayor de 18 años tenga plena capacidad jurídica para entregar a su bebé en adopción sin necesidad de la intervención de sus padres o tutores. Según la exposición de motivos, la intención es garantizar que las mujeres embarazadas tengan opciones adicionales al momento de decidir sobre el futuro de su embarazo.

Rodríguez Veve argumentó que, si una joven de 18 años puede tomar la decisión de practicarse un aborto sin la intervención de terceros, debe también contar con la capacidad legal de optar por la entrega voluntaria de su bebé. La enmienda refuerza la política de “Refugio Seguro”, que permite a una madre entregar a un recién nacido en hospitales, estaciones de bomberos, iglesias y otras instituciones sin consecuencias legales, siempre que el infante no presente signos de abuso o maltrato.

Cambios en la Oficina de la Procuradora de las Mujeres

La senadora también propuso cambios en la Ley 20-2001, que rige la Oficina de la Procuradora de las Mujeres. La propuesta busca eliminar el Consejo Consultivo de la Procuraduría, modificar los criterios de selección de la Procuradora y redefinir algunas de sus funciones.

Entre las modificaciones, la medida suprime el requisito de que el análisis con perspectiva de género sea el enfoque principal en la selección de la Procuradora. Según la Exposición de Motivos, esto ampliaría las oportunidades para más mujeres capacitadas que deseen ocupar el cargo. También se eliminan los Artículos 6, 7 y 8 de la ley, lo que implica la desaparición formal del Consejo Consultivo, que según la medida ha estado inoperante por años.

Otro cambio relevante es que se modifica el Artículo 4 para permitir que el Gobernador o la Gobernadora reciba recomendaciones de diversos sectores sin estar limitados a grupos con un enfoque de equidad de género. Además, se redefine el perfil de la Procuradora para enfocarse en la defensa de los derechos de las mujeres sin la obligación de adoptar una perspectiva de género en su análisis.

Las funciones de la Oficina también se verán afectadas. Se elimina el lenguaje que requería que la política pública estuviera guiada por una perspectiva de género, sustituyéndolo por una garantía de trato justo y equitativo a las mujeres. Igualmente, se modifica el texto sobre la evaluación de normativas y convenios internacionales para referirse a la equidad sin mención explícita de género.

Investigación a albergues de mujeres

Además, presentó una resolución para ordenar una investigación sobre los servicios ofrecidos por los albergues que atienden a mujeres víctimas y sobrevivientes de violencia doméstica en la isla. La resolución busca evaluar el funcionamiento y la efectividad de estos albergues, así como identificar áreas de mejora en los servicios brindados.

La exposición de motivos señala que, en cuatrienios anteriores, se han realizado intentos de investigar el estado de los albergues, pero los esfuerzos no han resultado en investigaciones concluyentes. En particular, la Resolución R. de la C. 553, presentada en el cuatrienio 2013-2016, y la Resolución R. del 5. 743, presentada durante el cuatrienio 2017-2020, no produjeron conclusiones definitivas. La última resolución solo rindió un informe parcial en julio de 2020, a pesar de haber recibido información de albergues, universidades y organismos gubernamentales.

La investigación ordenada por la resolución buscará evaluar la efectividad de los servicios de los albergues, considerando aspectos como su condición física y económica, el número de mujeres y menores albergados, la calidad de los servicios, la preparación de los recursos humanos y los protocolos de seguridad implementados. Además, se incluirán testimonios de participantes que expresen sus experiencias y recomendaciones.



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