Monday, October 27, 2025
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Dan paso a medida para uniformar la titularidad de propiedades del Gobierno


Hemiciclo del Senado

El Senado de Puerto Rico aprobó el Proyecto del Senado 567, de la autoría del senador Ángel Toledo López, que crea la Ley Especial para Uniformar el Proceso de Titularidad de los Bienes Inmuebles del Gobierno de Puerto Rico. La medida establece un procedimiento especial para identificar y certificar la titularidad de propiedades públicas que carecen de documentación registral o de una agencia responsable identificada.

Con esta ley, el Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) certificará y registrará a nombre del Gobierno de Puerto Rico aquellos bienes inmuebles cuya titularidad no pueda comprobarse. La agencia fungirá como custodio y representante del Estado en los procesos de disposición de propiedades ante el Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles (CEDBI), adscrito a la Ley 26-2017, conocida como la Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal.

Según la exposición de motivos, el propósito del proyecto es “impartirle un mejor uso a los bienes inmuebles del Estado” y permitir que estos se destinen a actividades de bienestar común, uso comercial, residencial o sin fines de lucro que fomenten la economía y la creación de empleos. La medida también busca eliminar los obstáculos legales que han impedido disponer de propiedades cuya titularidad no estaba debidamente acreditada.

La legislación enmendó la Ley Núm. 12 de 1975 y el Artículo 133 del Código Político de Puerto Rico de 1902 para armonizarlas con el nuevo marco legal. En virtud de esta ley, el DTOP podrá emitir una certificación administrativa acreditando que el bien inmueble pertenece al Gobierno de Puerto Rico y proceder con el registro correspondiente en el Registro de la Propiedad.


La pieza legislativa establece términos específicos: el Comité tendrá 30 días para localizar la titularidad de una propiedad, y las agencias o municipios deberán proveer información o emitir una certificación negativa dentro del mismo plazo. Si pasado ese término no se presenta evidencia, se entenderá que el DTOP puede certificar la propiedad como estatal.

El proyecto también dispone que la ley entrará en vigor sin depender de la promulgación de nuevos reglamentos. “El procedimiento aquí promulgado surge conforme al Artículo 133 del Código Político de Puerto Rico de 1902”, señala el texto, que confirma la responsabilidad del secretario de Transportación y Obras Públicas de custodiar y administrar las propiedades estatales.

El senador Ángel Toledo López explicó que la medida permitirá “dar certeza y uniformidad a las transacciones sobre bienes públicos” y garantizar que el Gobierno pueda disponer de ellos de manera más ágil y transparente.

La legislación faculta además al CEDBI y al DTOP a adoptar reglamentación complementaria, sin que ello retrase la entrada en vigor de las disposiciones aprobadas.

       

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